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No es un invento

13 de Mayo de 2008 393 Lecturas 9 comentarios

Para inventar hay que estar dentro de la ley, aunque esa ley, sea del país que sea, esté retrasada o, peor aún, sea arcaica. Los “programas de computadoras”, por ejemplo, en México, no son un invento, según un equipo de consultores que se dedican a patentar hasta el velo de la virgen de Guadalupe. Las leyes latinoamericanas han sido dictaminadas, al parecer, por bill gates y sus cuates (mexicanismo que significa, amigos).

Y esta es la desgracia del tercer mundo (aunque algunos me cuelguen por utilizar ese término peyorativo, dirán), pero esa es la realidad. La mayoría de los gobiernos latinoamericanos tienen leyes adecuadas para que el desarrollo de software no crezca y sólo emerja el monopolio de la tecnología.

La lista de las cosas que no se consideran invención por las leyes mexicanas (en la que incluyo a varios países como Venezuela, Brasil, Argentina y otros) la puedes consultar aquí. Promete no reírte tanto o al menos no abras tanto la boca. O sea que el software no existe en México. Brillante gobierno agachón.

9 comentarios »

  • Alex comentó:

    De ser considerado así las aplicaciones o los algoritmos en México podrían ser protegidos bajo patentes como en Estados Unidos, pero en México es parte de que “el software proviene de ideas, y las ideas no pueden patentarse”. Si dos personas tuvieran la misma idea y una de ellas la patentara, éste si que podría construir un monopolio de esa idea -tal como sucede es Estados Unidos con el software- y frenarían la innovación. Recuerda la patente del dobleclic de Microsoft.
    [+info]

  • Jose Angel comentó:

    Si patentaras las ideas sería como patentar que para llegar a 4 puedes hacerlo sumando 2 más 2, entonces cada que alguien hiciera 2+2=4 tendría que pagarle al dueño de la patente, por eso la idea de permitir la patente de ideas no es válida. Al igual que se peleó en Europa esta tendencia porque la Comunidad Europea quería poder patentar algoritmos. PD Creo que se ganó la batalla y no se permite este tipo de patentes.

  • The_real_r2de comentó:

    Me extraña que siendo linuxero abogues por las patentes de software. Contras creo que ya te lo dijeron. Hay mil formas de programar algo y llegar al mismo resultado. Te imaginas si se patentara? La UE llegó a considerar las patentes de software y se dieron cuenta que era menores los beneficios que el impacto negativo.
    Ahora, siempre hay forma de darle la vuelta a las patentes, nada más mira el “one click” de Amazon y todo el daño que ha hecho a la innovación.

  • root-linux (Autor) comentó:

    Que tal. Mi comentario es respecto al sentido monopolizador que dan a una ley que no reconoce al software como invento, no para patentarlo, que quede claro, y que impide el desarrollo tecnológico porque no hay otra que lo fomente. Esto, como está, sólo alienta el monopolio y para muestra un botón: Latinoamérica es actualmente el monumento al monopolio, a pesar del enorme talento que hay entre los ciudadanos. El software libre puede ser patentable, con una serie de argucias, y de ahí que algunos se quejen de que algunas patentes estén basadas en SL en los EU. Obviamente es la otra cara de la moneda, para fomentar, por supuesto, el monopolio mundial del software. Al hacerlo fomenta un sistema que carece de ética en los negocios. El software libre es una oportunidad de negocios pero éticamente debemos actuar para ayudar también a la comunidad si no estaríamos ahogándolo, como ocurre en muchos casos. El reconocerte como invento un software es sólo para proteger a su autor o autores. Como es la esencia de las licencias Creative Commons, GPL y otras. En América Latina no hay nada que fomente el desarrollo de la tecnología y la creación, que estimule, salvo algunos casos contados, pero estamos condenados a ser consumidores de tecnología y de ideas, que es peor, con leyes que fomentan monopolios y desestimulan la creación. Y siempre queremos ver nuestro caso al europeo cuando las condiciones son muy distintas. En fin, acéptese como una opinión. Saludos.

  • The_real_r2d2 comentó:

    Creo que entonces estas hablando de dos cosas diferentes. Una es la existencia de leyes que protejan las licencias en las que usas el software y otra es proteger la propiedad intelectual (patentes, copyright, etc.). Que en México no existen las leyes para proteger adecuadamente la propiedad intelectual estoy de acuerdo contigo, que sea una razón para la que el desarrollo tecnolológico no exista, ahí no creo. Los problemas están en otro lado.
    En general creo que el punto no esta claro en tu blog.

  • Alex comentó:

    Hola.
    Creo que hay confusiones. Las licencias de software libre y opensource en su mayorÍa no están de acuerdo con las patentes y para muestra esta la GPL v3, pero en México sí se puede reconocer a alguien como el autor de un software, ahí está la Ley Federal de Derechos de Autor.
    Mira estas ligas:
    http://pp.com.mx/legalfaq.html#SECTION00041000000000000000
    http://www.cofradia.org/modules.php?name=News&file=print&sid=702
    Saludos.

  • root-linux (Autor) comentó:

    @Alex: gracias por la información, aunque es del 2001 y 2003. Espero que no hayan sido modificadas las leyes. Ya iré a derechos de autor a registrar un software que de antemano pondré como GPL. Les platicaré con detalle qué ocurrió. (Prometo no reírme de lo que encuentre). Ojalá la información nos dé para un reportaje para la revista root@linux, en formación. ¿Sabias, por ejemplo, que una revista en .pdf no es considerada como medio de comunicación? Obviamente eso se debe a una razón, que no de amnesia: al monopolio de la verdad de los medios tradicionales. Esto es un claro ejemplo de mi idea que no tiene confusiones.
    Registro a root@linux como un medio de comunicación, abierto, de distribución gratuita, pero un medio de comunicación para tener personalidad jurídica para intercambios, publicidad, acreditaciones, etcétera. Las leyes mexicanas no reconocen el formato .pdf, así que hay que imprimirla, aunque sea un ejemplar. root@linux es una revista GPL, libre, en la que podrás, inclusive, anunciarte gratuitamente, siempre y cuando sea sobre software libre.
    Esa es la idea de todo este vericueto legal expresado en este post.
    Saludos.

  • Victor comentó:

    ¿Qué obras se pueden Registrar?
    • Literaria.
    • Musical, con o sin letra.
    • Dramática.
    • Danza.
    • Pictórica o de dibujo.
    • Escultórica y de carácter plástico.
    • Caricatura e historieta.
    • Arquitectónica.
    • Cinematográfica y demás obras audiovisuales.
    • Programas de radio y televisión.
    • Programas de Computo.
    • Fotográfica.
    • OBRAS de arte aplicado que incluyen el diseño gráfico o textil y,
    • De compilación, integrada por las colecciones de OBRAS, tales como las enciclopedias, las antologías, de OBRAS u otros elementos como las bases de datos, siempre que dichas colecciones por su selección o la disposición de su contenido o materias, constituyan una creación intelectual.

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